jueves, 20 de junio de 2013

La SCJN propina revés al Gobernador Javier Duarte de Ochoa; invalida castigos a tuiteros en Veracruz


 Por: Redacción / Sinembargo - junio 20 de 2013 - 15:39 Destacadas, Foto del día, México, TIEMPO REAL, Último minuto - 3 comentarios   Los tuiteros Maruchi Bravo Pagola y Gilberto Martínez Vera fueron detenidos en agosto de 2011 acusados de terrorismo y sabotaje equiparado.
 Ciudad de México, 20 de junio (SinEmbargo).– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) inválido este día el Artículo 373 del Código Penal de Veracruz el cual establecía que se podía sancionar hasta por cuatro años a una persona que “por cualquier medio afirme falsamente” la existencia de aparatos explosivos, de ataques con armas de fuego o de sustancias químicas, biológicas o tóxicas que puedan causar daño a la salud, ocasionado la “perturbación del orden público”.
 La iniciativa fue propuesta por el Gobernador Javier Duarte de Ochoa, después de que 25 de agosto de 2011 los tuiteros María de Jesús “Maruchi” Bravo Pagola y Gilberto Martínez Vera, fueran arrestados y condenados a prisión por los supuestos “delitos de terrorismo equiparado y sabotaje”, al difundir a través de las redes sociales, mensajes de supuestos ataques del crimen organizado en centros escolares de la zona conurbada Veracruz-Boca del Río.
 La reforma fue aprobada el 20 de septiembre de 2011 con 33 votos a favor y 14 en contra la cual tipificó el delito de perturbación del orden social y la difusión de rumores a través de las redes sociales. 
Un mes después de ser aprobada la Suprema Corte admitió la acción de inconstitucionalidad, promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y aceptó revisar la llamada “Ley Duarte”.
 Esta tarde el pleno de la SCJN con una mayoría de 10 votos a favor aprobó el proyecto del Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, y decretó la invalidez del Artículo 373 el cual representó una “medida legislativa desproporcionada”.
 “No se distinguió entre una afirmación falsa que perturba el orden público, pero no con ese fin, y una que deliberadamente perturba el orden”, agregó, “por lo que se puede castigar penalmente a personas que yerran o se equivocan, pero las afirmaciones erróneas son inevitables en un debate libre”, explicó Pardo Rebolledo.

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