viernes, 26 de abril de 2013
San Lázaro condena prohibición de minifaldas en Acuña, Coahuila; viola los derechos humanos, dice
Por: Redacción / Sinembargo - abril 26 de 2013 - 17:22 Destacadas, México, TIEMPO REAL, Último minuto - 2 comentarios México, 26 Abr. (Notimex).- La Comisión de Equidad y Género de la Cámara de Diputados aprobó un punto de acuerdo por el que reprueba las medidas administrativas de autoridades de ciudad Acuña, Coahuila, en torno de la prohibición del uso de minifaldas por mujeres y homosexuales, anunciada el 25 de febrero. Los legisladores consideraron que esta medida atenta contra los derechos humanos, la libertad y diversidad cultural y social de sus habitantes.
En sesión de trabajo, aprobaron un exhorto para que las autoridades respeten los derechos fundamentales de igualdad y no discriminación, plasmados en la Constitución y diversas leyes secundarias.
Los miembros de la mencionada instancia legislativa también pidieron erradicar la discriminación, tanto en el ámbito público como en el privado de su localidad.
El punto de acuerdo fue presentado por el diputado del Partido de la Revolución Democrática (PRD) Trinidad Morales Vargas y turnado a la Comisión de Equidad y Género, que lo envió a la Mesa Directiva para que se presente en el Pleno.
En las consideraciones se señala que la Secretaría de Seguridad Pública de Ciudad Acuña propuso esa regla, en virtud de lo establecido en las normas de los bandos de Policía y Gobierno.
Esto debido a que de acuerdo con su criterio, usar ese tipo de ropa es considerado “una falta de respeto a la moral, el pudor, la decencia y las buenas costumbres”.
El Reglamento de Justicia Municipal de Ciudad Acuña, en el Artículo 2, establece sanciones a los infractores del Bando de Policía y Buen Gobierno, reglamentos, circulares y otros ordenamientos de observancia general.
Entre estos figura amonestar a los infractores en asuntos civiles, obligando en su caso a la reparación del daño y en turnar los casos que correspondan al Ministerio Público.
La comisión de una o varias de estas faltas podría ser sancionada con multa de uno a 20 días de salario mínimo vigente en esta zona económica o con arresto de hasta 36 horas.
El punto de acuerdo señala que el principio de igualdad exige a los estados adoptar medidas especiales para eliminar las condiciones que causan la discriminación racial o que contribuyen a perpetuarla.Este contenido ha sido publicado originalmente por SINEMBARGO.MX en la siguiente dirección: http://www.sinembargo.mx/26-04-2013/602374. Si está pensando en usarlo, debe considerar que está protegido por la Ley. Si lo cita, diga la fuente y haga un enlace hacia la nota original de donde usted ha tomado este contenido. SINEMBARGO.MX
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